Las empresas del régimen privado formal en el Perú tienen como fecha límite improrrogable el 15 de noviembre para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo mayo-octubre. Conozca qué trabajadores califican a este fondo de contingencia, los criterios técnicos para calcular el monto con la sexta parte de la gratificación y las severas multas que impone Sunafil ante cualquier omisión.
📌 Puntos Clave y Verificación Informativa
- Fecha límite y alcance: El depósito vence indefectiblemente el 15 de noviembre para colaboradores del régimen general privado con jornadas mínimas de cuatro horas.
- Fórmula legal de cálculo: Se toma la remuneración computable a octubre más un sexto de la gratificación de julio, dividida entre doce y multiplicada por los meses laborados.
- Fiscalización rigurosa: La Sunafil clasifica la falta de abono como infracción grave, acarreando multas escalonadas según el tamaño de la compañía y el número de afectados.
Reglas de elegibilidad y método de cálculo del depósito
De acuerdo con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, el derecho a la CTS alcanza a los trabajadores subordinados del sector privado que cumplan en promedio una jornada mínima de cuatro horas diarias y acumulen al menos un mes completo de labores entre mayo y octubre. La base de cálculo se estructura con la remuneración básica percibida al 31 de octubre, a la que se adiciona la asignación familiar —equivalente al 10 % de la RMV— y un sexto de la gratificación depositada en julio. El importe resultante se divide entre 12 y se multiplica por los meses completos de servicios; los días restantes se computan a razón de un treintavo de dicha fracción. Por su parte, los trabajadores de la pequeña empresa inscrita en el Remype perciben el 50 % de este beneficio, mientras que las microempresas formales están legalmente exoneradas de realizar el desembolso.

«La CTS es un seguro ante el cese laboral y su oportuno depósito garantiza el resguardo económico familiar del trabajador peruano.»
Fiscalización de Sunafil y pasos para revisar el abono
Los empleadores están obligados a entregar a cada trabajador una hoja de liquidación dentro de los cinco días hábiles posteriores al depósito, detallando el monto acreditado y la tasa de interés de la entidad financiera elegida. Si la empresa incumple con el plazo o deposita un monto incompleto, el colaborador puede presentar una denuncia inspectiva ante la Sunafil a través de su mesa de partes virtual o la app ‘Sunafil en tus Manos’. La autoridad laboral no solo exigirá el pago inmediato del beneficio con los respectivos intereses devengados, sino que aplicará sanciones administrativas que, dependiendo de la gravedad y del tipo de empresa, pueden superar los 130 mil soles.
Esta nota ha sido elaborada y contextualizada por la redacción de El Quipu PE a partir de coberturas y reportes de interés público publicados por Infobae, amparada bajo el Art. 2 inc. 4 de la Constitución Política del Perú y los artículos 44 y 45 del D.L. 822 (Derecho de Cita y de Información de Actualidad).

