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CAS: MEF da marcha atrás y no frenará ley de gratificación

MEF ya no buscaría inconstitucionalidad de la Ley de gratificación y CTS para CA - El Quipu PE
Foto: Difusión / Infobae (Art. 44 D.L. 822)

El Ministerio de Economía y Finanzas dio un paso al costado en su intención de impugnar la Ley N° 32563 ante el Tribunal Constitucional, blindando el cobro de gratificaciones y CTS para los trabajadores bajo el régimen CAS. La decisión desactiva la incertidumbre fiscal e impulsa el cronograma de gradualidad presupuestaria de cara al cierre de año.

📌 Lo que debes saber sí o sí

  • La Ley N° 32563 mantendrá su plena vigencia luego de que el MEF confirmara que no tiene ningún informe técnico que sustente su inconstitucionalidad.
  • El Ejecutivo destinó una partida de S/ 241 millones dentro del Proyecto de Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2027 para financiar la gradualidad del 20% del beneficio.
  • El procedimiento de pago y cálculo trunco cuenta con respaldo oficial bajo el Decreto Supremo N° 142-2026-EF y la Ley N° 32732 de créditos suplementarios.
  • La fiscalización parlamentaria del diputado Fernando Alberto García Huby (Partido del Buen Gobierno) obligó al MEF a clarificar su postura oficial sobre los derechos CAS.

El MEF congela la demanda constitucional y retrocede

En los pasillos del Jr. Junín y en la sede central del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el debate sobre la sostenibilidad de la planilla estatal acaba de dar un giro definitivo. Tras semanas de zozobra donde desde el propio Ejecutivo se advertía la intención de llevar la Ley N° 32563 ante el Tribunal Constitucional argumentando una supuesta infracción a la prohibición parlamentaria de generar gasto público, el Gobierno desistió de la medida. La confirmación llegó tras una consulta formal cursada por el diputado Fernando Alberto García Huby, del Partido del Buen Gobierno, ante la cual la Dirección de Política Fiscal en Ingresos del Personal admitió textualmente que no existe informe alguno redactado en el sector que sustente dicha inconstitucionalidad.

Este repliegue técnico ocurre en medio de un escenario fiscal complejo marcado por la respuesta estatal frente al fenómeno El Niño, contexto en el cual la administración de Keiko Fujimori viene desplegando subvenciones de contingencia para damnificados y bonos extraordinarios para los pensionistas del sistema público de la ONP. Pese a las tensiones en la caja fiscal y al histórico viraje interpretativo que tuvo el Tribunal Constitucional sobre la iniciativa presupuestal del Congreso, el MEF ha optado por no abrir un nuevo frente de litigio social con la masa trabajadora del Estado y acatar la vigencia plena del beneficio laboral.

Foto: Difusión / Infobae (Art. 44 D.L. 822)
Foto: Difusión / Infobae (Art. 44 D.L. 822)

«La Dirección de Política Fiscal del MEF lo confirmó por escrito: no existe sustento ni informe para derribar la Ley 32563. La gratificación y la CTS para el personal CAS se pagan de acuerdo a ley.»


— Mesa de Redacción y Análisis de El Quipu PE

Garantizan S/ 241 millones para el beneficio de los trabajadores

El respaldo presupuestario a favor de los servidores públicos bajo el Decreto Legislativo N° 1057 (CAS) no solo se limita a la renuncia del litigio constitucional. En la propuesta del Proyecto de Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2027, el propio Ministerio de Economía ha incluido formalmente una reserva de S/ 241 millones para cubrir el diferencial del pago de las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad en el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales. Este monto equivale exactamente al 20% de la remuneración de la planilla CAS, asegurando el avance firme de la escala de gradualidad legalmente programada.

La arquitectura normativa del cobro ya se encuentra reglamentada. Con la validez de la Cuadragésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32732 (Ley de Créditos Suplementarios) y la posterior promulgación del Decreto Supremo N° 142-2026-EF, se fijaron las condiciones precisas para el cálculo proporcional y los abonos truncos de la gratificación y la CTS. Con ello, la bonificación de julio y diciembre para el personal CAS —históricamente postergado frente a las condiciones del régimen privado— queda firme y lejos del fantasma de la anulación.

Verifique el cronograma de pago en su entidad pública

Con la luz verde confirmada desde el MEF, las oficinas de recursos humanos y las unidades ejecutoras en todas las dependencias del sector público deben proceder con la liquidación de la gratificación decembrina conforme al calendario oficial. Los servidores CAS no necesitan realizar trámites administrativos individuales ni redactar solicitudes de cobro; los montos serán transferidos de forma automática en sus planillas de pago a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), garantizando el desembolso regular al cierre del ejercicio fiscal.